martes, 5 de septiembre de 2017

Acuerdos de convivencia en el Nivel Inicial


Sitios virtuales de acuerdos de convivencia:


Sitios seleccionados para realizar el análisis de los mismos:


En el siguiente acuerdo de convivencia escolar no se encuentran contempladas las legislaciones vigentes. En el se encuentran detalladas específicamente las normas que se deben cumplir frente a las diversas situaciones que surgen en el Nivel Inicial.
No hay evidencia en el mismo que posibilite pensar en la participación de los alumnos para la formulación de dicho acuerdo.
No se encuentran enunciados los valores. El riesgo que se corre ante la omisión de dichos valores es que no se encuentra detallado ni especificado hacia a donde apunta la educación, en tanto acciones, propuestas, etc.
Creemos que sirve como un instrumento útil, pero necesita algunas modificaciones: para empezar haríamos referencia a las legislaciones vigentes y como reaccionar frente a las distintas situaciones contempladas en las mismas. Luego, desarrollariamos los valores en los que se sustenta la institución. También, mencionariamos a que nos comprometemos como docentes y parte de la institución, y a que se deben comprometer los niños y padres de los mismo. Y agregariamos las correspondientes sanciones a las diversas situaciones que pueden surgir.




En el siguiente acuerdo de convivencia se encuentran contempladas algunas legislaciones vigentes, pero no todas y su desarrollo es muy escueto.
No se encuentra específicamente detalladas las normas que se deben cumplir en el Nivel Inicial, es decir, que este acuerdo de convivencia es aplicado en todos los niveles de escolaridad de la institución.
Se establece en este acuerdo la participación de alumnos, ellos tuvieron la oportunidad de expresar sus opiniones, críticas y sugerencias.
Se encuentran detallados y definidos todos los valores en los cual se sustenta esta institución educativa.
Creemos que un instrumento muy útil, ya que en el se encuentran detallados y especificados los deberes y derechos tanto para los estudiantes como para los docentes y miembros de la institución. Además de las correspondientes sanciones para cada situación que pueda llegar a surgir.

Como sugerencia podríamos decir que haríamos una distinción entre los niveles de educación tanto Nivel Inicial, Nivel Primario, Nivel Secundario. Además de contemplar las legislaciones vigentes que faltan.

martes, 15 de agosto de 2017

Acuerdos de Convivencia

Acuerdos de Convivencia


vencia.jpgLa convivencia escolar, es una construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia.

Las instituciones educativas constituyen espacios complejos en donde las personas, en su mayoría niños y jóvenes, pasan gran parte de su tiempo y de su vida. Es por esto, que las escuelas deben enseñar los modos correctos de convivencia social e institucional. Para ello, necesita tener ciertas normas que permitan una realidad en donde se valore las diferencias, los estudiantes crezcan, desarrollen una autonomía responsable de sus actos, y que también funcione como límites a los diferentes comportamientos que puedan llegar a tensionar la convivencia. Esto contribuye al ejercicio de la ciudadanía y la participación democrática en la escuela, lo que garantiza a la educación como un derecho y como generadora de oportunidades. Dichas normas, se encuentran plasmadas en los acuerdos de convivencia escolar, que involucra a todos los integrantes de la institución (alumnos, docentes, directivos, preceptores, auxiliares, padres, técnicos, etcétera) que necesitan ser aceptadas y respetadas por todos y cada uno.


vecia.jpgUn acuerdo de convivencia es un insumo primario e insustituible, un dispositivo promotor y regulador de la convivencia en la institución, que posibilita llevar a cabo los procesos de enseñanza y aprendizaje, generando condiciones favorables para docentes y estudiantes de las instituciones.
Para crear los acuerdos de convivencia se convoca a los integrantes de las instituciones educativas, y se realiza un proceso en el cual se analiza colectivamente la realidad institucional, se debaten los distintos intereses y lógicas escolares y se construyen normas basadas en valores. Es necesario que se diseñen normas pensadas para el ámbito escolar fundamentadas en valores universales como el respeto, la responsabilidad, la libertad, la justicia, entre otros. Las mismas tienen que expresar el valor, las conductas promovidas por la institución y las no admitidas.

Las personas involucradas en estos acuerdos son:
  • Los supervisores: que son los encargados de guiar todo el proceso en cada institución. Su función es asesorar, acompañar y generar encuentros de trabajo con las escuelas.
  • Los equipos directivos: son los que hacen factible la operatividad del proceso al interior de la institución, articulando y coordinando con el supervisor tiempos y espacios de participación.
  • Los docentes: son los adultos responsables que darán inicio a la construcción del acuerdo de convivencia escolar, abriendo el debate al interior de la institución.
  • Las familias: acompañan el proceso educativo, su participación es fundamental al momento de la elaboración de los acuerdos y en la promoción del respeto de las normas y valores que se acuerda sostener en la escuela.
  • Los estudiantes: son los protagonistas en este proceso, a quienes se busca formar en el ejercicio de la ciudadanía, otorgando lugar a sus palabras a través de su efectiva participación.
  • Los equipos técnicos: el Programa Convivencia Escolar y los Equipos Profesionales de Apoyo Escolar (EPAEs)que están distribuidos en el interior provincial brindarán capacitación y asesoramiento técnico en las distintas instancias del proceso.


La legislación tiene un papel de gran importancia, ya que tiene como desafío crear nuevos modelos de convivencia, orientados a instalar prácticas democráticas y condiciones educativas igualitarias, para garantizar que niños y adolescentes puedan gozar una ciudadanía plena. Fortaleciendo así, el desarrollo de una cultura participativa y respetuosa de la diversidad.

El Ministerio de Educación a través de distintos programas, proyectos y políticas educativas procura ofrecer a los docentes elementos conceptuales y herramientas metodológicas que les permitan analizar y afrontar las diversas situaciones que presenten en el ámbito educativo. Pero no solo alcanza con esto, ya que los docentes son quienes debaten y se ponen de acuerdo para construir un modelo de convivencia escolar, es decir, una producción genuina y singular de cada escuela más allá de modelos preestablecidos. El real interés sobre el tema, permitirá formalizar los acuerdos que resulten convenientes.



martes, 27 de junio de 2017

Análisis del marco jurídico

En la siguiente actividad, se solicita un análisis de al menos dos leyes, centrado en:

Nombre completo de la ley, su fecha de publicación, el órgano que lo emitió y en qué momento entró en vigor, ámbito de aplicación (nacional -o federal-, local, provincial).
Su estructura, cuántos títulos, capítulos o secciones tiene, sus nombres y los artículos que abarcan.
A quien alcanza la norma, es decir los sujetos a quienes está dirigido
Cuál es su objetivo, su finalidad, los hechos jurídicos que la norma regula.
Conclusiones: pueden ser sobre lo adecuado o inadecuado de las normas para cumplir con su finalidad, si son suficientes para resolver el problema social al cual se refieren, si son excesivamente complicadas, etc.


Ley N° 23.592
Nombre completo: Ley N° 23.592, Penalización de Actos Discriminatorios.
Esta ley, fue sancionada en Buenos Aires, el día 3 de agosto de 1988 y promulgada el 23 de agosto del mismo año. El ámbito de aplicación es nacional. Está constituida por artículo 1, artículo 2,  artículo 3, artículo 4, artículo 5, artículo 6, artículo 7.
El organismo legislativo, siendo el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sanciona la ley de Penalización de actos discriminatorios. Dicha ley, va dirigida a aquellas personas que cometen estos actos hacia determinadas personas o grupos.
Tiene la finalidad de penar a quien realice estos actos, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y reparar el daño moral y/o material ocasionados. Establece a los actos discriminatorios como delitos, basándose en el artículo 16 de la Constitución Nacional.
Los hechos jurídicos que la norma regula son los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. Entre algunos de estos actos podemos mencionar, buscar destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso; persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad; participar en una organización o realizar propagandas basadas en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.


Creemos que esta ley no alcanza a cumplir del todo su finalidad, ni es suficiente para resolver este problema social, ya que son múltiples los actos discriminatorios que se presentan en la sociedad, y por tal motivo muchos de ellos que no llegan hasta los juzgados. Dejando así, a quienes cometen estos actos sin ninguna penalización, sanción, etc.
Se puede decir también que, no es una ley complicada.
Ley N° 26.892, nacional
Nombre completo: Ley N° 26.892, para la Promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas.
Esta ley, fue sancionada el día 11 de septiembre de 2013 y promulgada el 1 de octubre del mismo año, en Buenos Aires. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso,  sancionan dicha ley.
La presente ley, establece las bases para la promoción, intervención institucional y la investigación y recopilación de experiencias sobre la convivencia, así como sobre el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional. Esta, cuenta con 11 artículos y está dividida en 4 capítulos:
  • Capítulo I: Objeto, principios y objetivos- abarca el artículo 1, artículo 2 y artículo 3.
  • Capítulo II. Promoción de la convivencia en las instituciones educativas- abarca el artículo 4, artículo 5, artículo 6 y artículo 7.
  • Capítulo III: Fortalecimiento de las prácticas institucionales ante la conflictividad social en las instituciones educativas -abarca el artículo 8.
  • Capítulo IV: Investigación y recopilación de experiencias- abarca el artículo 9 artículo 10 y artículo 11.
La ley está dirigida a aquellas personas que no cumplen con las pautas establecidas para la convivencia escolar. La misma, establece que queda  expresamente prohibida cualquier  norma  o  medida  que atente contra el derecho a la participación de los docentes, estudiantes o sus familias en la vida educativa institucional.
Esta ley fue sancionada, con la finalidad de promover la convivencia. La importancia de su aplicación institucional, tiene que ver con los daños que causa en los pequeños el acoso escolar.
Los objetivos de la presente ley son:
  • Garantizar el derecho a una convivencia pacífica, integrada y libre de violencia física y psicológica.
  • Orientar la educación hacia criterios que eviten la discriminación, fomenten la cultura de la paz y la ausencia de maltrato físico o psicológico.
  • Promover la elaboración o revisión de las normas de las jurisdicciones sobre convivencia en las instituciones educativas, estableciendo así las bases para que estas últimas elaboren sus propios acuerdos de convivencia y conformen órganos e instancias de participación de los diferentes actores de la comunidad educativa.
  • Establecer los lineamientos sobre las sanciones a aplicar en casos de transgresión de las normas.
  • Impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las instituciones educativas y sus equipos docentes, para la prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas.
  • Promover la creación de equipos especializados y fortalecer los existentes en las jurisdicciones, para la prevención e intervención ante situaciones de violencia.
  • Desarrollar investigaciones cualitativas y cuantitativas sobre la convivencia en las instituciones educativas y el relevamiento de prácticas significativas en relación con la problemática.
El Ministerio de Educación de la Nación, con el acuerdo del Consejo Federal de Educación, debe regular las sanciones a ser aplicadas a los educandos en caso de transgresión, considerando las siguientes pautas:

  • Deben tener un carácter educativo, en marcándose en un proceso que posibilite al educando hacerse responsable progresivamente de sus actos, según las características de los diferentes niveles y modalidades.
  • Deben ser graduales y sostener una proporcionalidad en relación con la transgresión cometida.
  • Deben aplicarse contemplando el contexto de las transgresiones en las circunstancias en que acontecen, según los diferentes actores, los antecedentes previos y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la igualdad ante las normas.
  • Deben definirse garantizando el derecho del estudiante a ser escuchado y a formular su descargo.


Podemos decir que, la Ley N° 26.892 no es complicada. Creemos también, que no es suficiente para resolver el problema social al cual se refiere, debido a que, en las instituciones educativas no se encuentra muy presente.

martes, 6 de junio de 2017

Actividad 2

Trabajo con las guías federales de orientaciones

SITUACIONES DE CONFLICTO ESCOLAR
La escuela es reflejo de la sociedad y como tal, en ella aparecen los mismos conflictos que se presentan en la vida cotidiana. Los conflictos entre alumnos, son múltiples y variados, se dan cada día, en el aula y fuera de ella. A partir de las distintas situaciones conflictivas que aparecen, la escuela debe trabajar en su resolución a través de la palabra puesta en juego, del diálogo y de la participación. El rol de la persona adulta, en el caso de la educación los y las maestras, directivos, etc. ante el surgimiento de un problema, es fundamental, que generen condiciones facilitadoras e intervenciones estimulantes.
El conflicto, es una oportunidad para el crecimiento y el desarrollo de las personas involucradas.

Un ejemplo de situaciones de conflicto escolar:
Entre los alumnos de 5to año, comienza la problemática por la elección de los colores de su campera de la promoción. Ante esta situación, los docentes plantean una votación para lograr superar el conflicto y para que sea una decisión justa que involucre las opiniones de todos.

CONVIVENCIA ESCOLAR

La convivencia escolar, se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.
Tiene un enfoque formativo, ya que, se debe enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía.
Las dificultades para la convivencia escolar, exigen respuestas de los docentes y de las familias en su rol de adultos que acompañan la educación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Estas dificultades, se producen tanto por lo que acontece dentro de las escuelas, como por todo aquello que ocurre por fuera de ellas y que de algún modo, directo o indirecto, las implica y afecta.

Por ejemplo: En las escuelas, los y las docente debe enseñarles a sus alumnos a respetar y escuchar las diversas opiniones de los demás. Para lograr, que cada persona pueda sentirse capaz de expresar sus distintos puntos de vista y estos sean aceptados por todos.

INTERVENCIÓN

La intervención institucional, se define por su potencial de transformación en los sentidos y modos de la organización escolar (espacios, tiempos, posiciones, tareas y trabajos, modos de circulación de la palabra y de asunción de responsabilidades en la escuela). Los enfoques asumidos proponen concebirla como articulación de acciones y procesos sostenidos en el tiempo, con la intención de modificar los contextos escolares, las relaciones que allí se establecen y los sentidos que los sujetos adjudican a su tarea en la escuela. La intervención institucional incluye a estudiantes y a docentes en la construcción de estrategias colectivas, ya sea, para dar respuesta a situaciones puntuales conflictivas o como formas pedagógicas de hacer lugar a temáticas relevantes (no discriminación, aceptación de las diferencias, etc.). Así también, promueve miradas interdisciplinarias y la asunción de la propia responsabilidad junto con otros y otras, en tanto adulto, docente, directivo, entre otros. En este sentido, ya sea, en la cotidianidad de la escuela o ante la emergencia de conflictos particulares, las acciones de niños, niñas y adolescentes deben nombrarse de modo que no estigmaticen ni rotulen la identidad de los involucrados, tal como está estipulado legalmente. Asimismo, los modos de intervención deben mantener propósitos principalmente educativos y no punitivos, jurídicos o patologizantes. Es decir, estas intervenciones no deben recurrir a ninguna forma de violencia ni manifestar desaprobación, rechazo, exclusión, etc.
Nuestras intervenciones institucionales intentan conformarse como un trabajo inclusivo, donde todos los integrantes que componen el ámbito institucional/organizacional estén involucrados, es decir, comprometidos y sujetos a cuestionamiento y reflexión constante.

Un ejemplo de esto lo podemos observar cuando, un docente observa que un alumno no sigue lo pautado para el trabajo en clase, entonces debe explicar nuevamente las consignas para que este sujeto logre comprender lo solicitado. Pero, sin exponerlo frente a todo el grupo, ni estigmatizarlo, ni mucho menos, recurrir a la violencia como mecanismo para lograr el objetivo planteado.

VÍNCULO ASIMÉTRICO
               
Este tipo de vínculo, se producen entre hablantes que no ocupan la misma posición dentro de la interacción o diálogo. En las instituciones, se debe plantear un vinculo asimétrico entre personas adultas y jóvenes, ya que, posibilitara asumir el rol desde una posición de responsabilidad y cuidado.
Se manifiesta entre personas que ejercen un rol de autoridad sobre la(s) otra(s), por ejemplo: un médico hablando con su paciente; un padre con su hijo; una docente hablando con un alumno. Asimismo, este tipo de relación suele darse entre personas que utilizan diferente nivel o registro de habla y eso marca – aún más – las diferencias entre ellas.

VULNERAR UN DERECHO

Este término implica, ignorar, violar, transgredir, etc. los derechos que tienen todas las personas (higiene, educación, salud, entre otros). Es decir, son situaciones en donde estos derechos no están siendo respetados, se está perjudicando a una persona y se está incumpliendo una ley.

Ejemplo: Esto se puede observar, cuando padres desempleados deciden que, en lugar de los niños asistan a la escuela, vayan a pedir dinero a la calle. En estos casos, los niños no están gozando de su derecho a la educación, ya que, se ven obligados por sus padres a llevar dinero a sus hogares.

AUTORIDAD DEMOCRÁTICA

En este tipo de autoridad, la persona designada para gobernar, mandar, dirigir, etc. es elegida por la multitud o la mayoría. Las personas, son las que deciden a quién otorgarle la administración de esa autoridad, y la o las personas designadas serán sus representantes. La persona elegida, emana de la misma comunidad, institución, pueblo, etc.

Esto se puede observar, en las elecciones, cuando las personas que cumplen con las condiciones necesarias para poder votar, de todas las naciones, pueblos, ciudades, etc. eligen a quien quieren que los representes a través de sus votos, quien reúna la mayor cantidad de votos es el elegido.


ESTIGMATIZAR AL NIÑO

Cuando las personas, en su mayoría los adultos, hacen valoraciones de los niños los marcan o señalan. Estas valoraciones, son decisivas para el desarrollo psíquico y emocional durante el periodo de la infancia. La palabra del adulto funda, justifica y define el comportamiento de un niño, cuando se los estigmatiza, ellos empiezan a responder acorde a lo señalado por el adulto.

Un claro ejemplo se puede observar, cuando una docente le dice a un alumno que es incapaz de realizar algo, entonces ese niño comienza a creer que él es como lo ha “tildado” su maestra y deja de intentar superarse.   


CONTENER AL NIÑO O DOCENTE

En las escuelas, es responsabilidad de los docentes, directivos, psicólogos, entre otros. contentar a los niños, es decir, comprenderlos, ayudarlos a buscar soluciones, brindarles su apoyo para que estos sujetos sientan que la escuela les aporta un espacio para la solución de sus conflictos. No obstante, los docentes también se deben sentir contenidos por la institución, deben sentirse acompañados, escuchados, etc. En situaciones que superen al docentes, es conveniente que se recurra a la ayuda de directivos, otros docentes, para tener otros puntos de vistas y opiniones.

Podemos observar esto cuando, los padres dejan al niño en clase y desaparecen mientras algo o alguien lo distrae para evitar el llanto de la despedida. Es el docente, el encargado de contener a ese niño, escucharlo, brindarle afecto, etc. para calmarlo y explicarle las razones por las que sus padres lo dejaron en la institución.

LÍMITES EN LA ESCUELA

Los límites en las escuelas, son pautas de convivencia para solucionar los problemas de conducta o de otro tipo que se manifieste, una de ellas es a las transgresiones de normas acordadas.
Los límites son indispensables, la claridad en las consecuencias de cada accionar es el engranaje que permite avanzar hacia el crecimiento de los alumnos.

En diversas situaciones se reflejan límites, por ejemplo en el horario de recreo, la docente ha citado a una alumna a corregir en ese horario:
- Actitud de los alumnos: una alumna que llega tarde a la clase pretende que le corrijan interrumpiendo la corrección de los demás, sin el respeto hacia la docente, aludiendo que es obligación de la docente corregirle primera.
- Actitud de la docente: le explica, siempre en buenos términos, que el horario del receso le corresponde y en ese breve tiempo ella dispone hacer lo que desea. Su elección, en este caso, es corregir a una alumna para un final. Enojada la alumna se retira de la clase.
A la siguiente clase la docente habla con la alumna y le explica que no puede pretender que un docente haga lo que ella desea en su momento de receso y le ofrece corregir las veces que necesite pero en el horario de clase.

SANCIONES POR REPARACIÓN DE DAÑOS

En las escuelas, se entendiende a la sanción como un punto de  partida de un proceso de transformación de los comportamientos y actitudes para la reparación de los daños cometidos y no como un punto de llegada. Si hubiera reparación de daño, siempre es importante que no dé lugar a la sensación de impunidad en la institución, para ello se deben establecer límites claros frente a las transgresiones.

Ejemplo: Injuriar u ofender a un miembro de la comunidad educativa o falsificar documentos académicos son algunas de las conductas de los alumnos consideradas graves para la convivencia en los institutos escolares. Estas faltas y otras calificadas como leves deben corregirse mediante la aplicación de las sanciones que figuran en el reglamento de régimen interno de cada colegio.

IDENTIDAD DE GÉNERO

Al abordar Identidad de género, en el ámbito escolar, este es el concepto que se tiene de uno mismo como ser sexual y de los sentimientos que esto conlleva, es decir, multiplicidad de formas en que las personas nos manifestamos, pensamos, amamos y actuamos.

Ejemplo: cómo establece la ley 26.743 de identidad de género art 12: Se debe respetar el derecho de adolescentes, jóvenes o adultos trans a ser llamados por el nombre que deseen.


A continuación, realizaremos sugerencias de cómo proceder en determinadas situación:

SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Antes
  • No minimizar los problemas
  • Demostrar una actitud activa y de escucha tranquila
Durante
  • Es necesario que cualquier persona adulta de la escuela que presencie situaciones de conflicto entre alumnos intervenga.
  • Los adultos deben tranquilizar , comprender y brindar contención a quien haya recibido una agresión.
  • Separar a los involucrados, calmarlos y conversar por separado sobre los hechos una vez que sea posible dialogar con más tranquilidad. En todos los casos, las y los estudiantes deben quedar en compañía de personas adultas.
  • Si están lastimados, es necesario comunicarse en forma inmediata con el servicio de urgencias, y luego contactarse con las familias.
Después
  • Es necesario Involucrar al grupo, y no suponer que el problema es sólo "de algunos".
  • Convocar a las familias o adultos responsables de las o los estudiantes.
  • Proponer espacios de diálogo entre las partes.
  • Generar acuerdos y compromisos para la convivencia.
  • Realizar siempre un registro escrito de la situación, detallando las intervenciones realizadas y los acuerdos convenidos.
  • Comunicar las sanciones para establecer límites a las transgresiones a las normas acordadas.
  • Reparación del daño si lo hubiera.
  • Establecer límites claros frente a las transgresiones.

RELACIÓN CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

  • No acudir primero a los medios para dar a conocer un conflicto.
  • Proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido protagonistas de la situación o se vean de algún modo involucrados/as.
  • Se debe acordar cómo y qué se va a comunicar y elegir a una única persona como interlocutora frente a los medios
  • En situaciones complejas, cuando los periodistas llegan a las escuelas buscando declaraciones, la escuela debe anticipar y realizar por escrito un breve comunicado de prensa. En el comunicado se debe tener en cuenta:
  • Informar acerca de los pasos realizados en función de la resolución del problema y las gestiones con personas y organismos que hubieran intervenido
  • No realizar análisis prematuros.
  • No difundir la identidad de las personas involucradas en la situación y evitar el contacto de la prensa con ellas.
  • Evitar la revictimización de niñas, niños, adolescentes y personas adultas.
  • No juzgar, ni emitir resoluciones hasta tanto avance la investigación en torno a los hechos.
  • Dejar en claro que el comunicado de prensa escrito será la única manera de ofrecer información oficial sobre los hechos
  • Solicitar tanto al personal de la escuela como a las familias que respeten este procedimiento.


DISCRIMINACIÓN U HOSTIGAMIENTO POR ORIENTACIÓN SEXUAL O POR IDENTIDAD DE GÉNERO

  • Trabajar en favor de la valoración positiva de las diferencias.
  • Promover la interacción entre compañeros y compañeras, basada en el respeto y la empatía.
  • No menoscabar ni minimizar el sentimiento de quienes son sujetos de bromas o discriminación y, en cambio, tener una actitud de escucha y empatía hacia ellos. Es necesario que las personas adultas se comprometan a resolver la situación.
  • Construir espacios de reflexión en torno al respeto a la diversidad y la no discriminación y a las categorías con que se nombran.
  • Comprender que el momento en que cada chico o chica decide hablar acerca de su identidad de género o su orientación sexual debe ser respetado. No obstante, la o el estudiante no tiene la obligación de comunicar su orientación sexual si no es su deseo.
  • No naturalizar chistes, bromas, sobrenombres que estigmaticen, ofendan, degraden, agredan a las personas por su orientación sexual o identidad de género, interviniendo en la situación para evitar que persista.
  • Incluir en las normas de convivencia institucionales el respeto a la diversidad y la identidad de género.
  • Respetar el derecho de adolescentes, jóvenes o adultos trans a ser llamados por el nombre que desean.
  • Acordar y posibilitar que las personas trans accedan a los baños de la escuela de acuerdo con su identidad de género.
  • Acordar y posibilitar que las personas trans concurran a las clases de Educación Física de acuerdo con su identidad de género, en caso de que en ellas se mantenga la división por género.
  • Trabajar con las familias para ayudarlas a acompañar a sus hijas e hijos y colaborar en el fortalecimiento de su autoestima, siempre respetando sus decisiones.

SITUACIONES DE VIOLENCIA QUE INVOLUCRAN A ESTUDIANTES Y DOCENTES

De estudiante a docente

  • Contener al/la docente que sufrió la agresión y brindarle el apoyo que necesita por la situación que atraviesa.
  • Contener al estudiante, poner en palabras la situación; y conversar acerca de lo ocurrido, a nivel grupal e institucional, según corresponda.
  • Evaluar la necesidad de realizar una convocatoria de profesionales de las autoridades de aplicación de la Ley 26.061.
  • Convocar al Consejo Escolar de Convivencia y analizar las sanciones educativas que correspondan.

De docente a estudiante:

  • poner en palabras lo acontecido.
  • Recuperar la centralidad del respeto en la construcción de todos los vínculos.
  • Se debe proceder, de acuerdo con las normativas jurisdiccionales vigentes (por ejemplo, el estatuto docente, reglamentos generales, etcétera).
  • Se debe comunicar a la familia de las niñas, los niños o adolescentes afectados.
  • Hacer un registro por escrito de lo sucedido.

EL ANTES, EL DURANTE Y EL DESPUÉS EN RELACIÓN CON SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Antes
  • Tener presente el rol de la escuela en la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
  • Reflexionar dentro de las instituciones acerca del enfoque de derechos de la infancia y la adolescencia, y respecto al ejercicio del rol del adulto en los contextos actuales.
  • Trabajo curricular en torno a los contenidos referidos a los derechos de la infancia y la adolescencia.
  • Programar talleres y grupos de reflexión entre integrantes de la comunidad educativa, orientados a las familias.
  • Trabajar sobre el vínculo docente-estudiante: especialmente en lo referido a la consideración de la niña o del niño como sujeto de derecho y a la construcción de un vínculo asimétrico en el que la confianza permite a los y las estudiantes encontrar espacios adecuados de diálogo y de ayuda donde acudir cuando lo necesitan.
  • La disposición permanente de las personas adultas a una escucha y una mirada atentas y cuidadosas.


 Durante
Este tiempo se inicia cuando se presentan señales de la posible existencia de alguna vulneración de derechos de la infancia y la adolescencia.
  • Observar, escuchar atentamente: nuestra capacidad de ayuda depende de una buena observación en diferentes momentos y situaciones.
  • Conocer e interesarse por la situación de vida que está atravesando la niña o el niño, y su contexto familiar y social.
  • Registrar los sentimientos que genera el conocimiento de este hecho.
  • Buscar cooperación, en primer lugar dentro de la institución educativa, para trabajar en equipo.
  • Buscar, cuando se considere necesario, la colaboración de otras instituciones o profesionales.
  • No estigmatizar a los y las estudiantes ni a sus familias y mantener una actitud empática hacia el sufrimiento de la niña, del niño o del o de la adolescente.
  • Recordar que nuestra responsabilidad como docentes es asumir un rol en la protección de los derechos de la niñez y la adolescencia, y que estamos obligados a intervenir no sólo por razones éticas y sociales, sino también legales.
  • No es función de la o del docente verificar la existencia de signos de daño en el cuerpo del alumno o alumna.
  • Respetar el derecho de la o del estudiante de elegir a quién desea contar su problema.


 Después
  • Tener en claro que este tipo de problemáticas requieren un trabajo permanente.
  • Es necesario que la institución acompañe el proceso posterior, tanto del o la estudiante a quien se le han vulnerado sus derechos, como de sus compañeros y compañeras (que se sentirán movilizados si el tema se hizo público).
  • Considerar especialmente el apoyo y acompañamiento que se le debe brindar al o la docente que tomó la iniciativa.
  • No es necesario que toda la institución (alumnas, alumnos, docentes y no docentes) estén al tanto de los detalles de la situación.

ORIENTACIONES PARA LA INTERVENCIÓN EN SITUACIONES QUE VULNERAN LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA

  • Las y los docentes están obligados a actuar con el apoyo del equipo directivo, el equipo de supervisión, etc.
  • Comunicar si se presentan situaciones que vulneren o puedan llegar a poner en riesgo la integridad de las niñas, los niños y adolescentes.
  • Generar condiciones de intimidad y confianza.
  • Efectuar la denuncia los servicios asistenciales sociales o educativos, públicos o privados, los profesionales de la salud.
  • Promover la protección integral.
  • Actuar educando, detectando, y articulando por medio de equipos profesionales especializados en la temática.
  • El docente o la docente no debe actuar en soledad.



Bibliografía consultada:





Acuerdos de convivencia en el Nivel Inicial

Sitios virtuales de acuerdos de convivencia: http://www.sagradafamilia.edu.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1...